Los arrendatarios de bicicletas u otros vehículos de cualquier tipo se comprometen a comportarse de acuerdo con las siguientes normas y a dar su pleno consentimiento a las mismas:
- El arrendatario debe respetar las normas y leyes de tráfico vigentes.
- El arrendador declina toda responsabilidad por posibles accidentes y consecuencias posteriores, así como por los daños causados por el inquilino a terceros, a la propiedad pública o privada.
- El arrendatario es responsable del equipo alquilado, ya sea en caso de accidente, daño, intrusión o robo. Los gastos de reparación, la pérdida de disfrute y la depreciación causada por su culpa, descuido o negligencia corren a cargo del inquilino.
En caso de pérdida, robo o daño total, el arrendatario deberá pagar una indemnización equivalente al valor de mercado del vehículo el día del evento. - Se considera que el arrendatario ha revisado el vehículo a la salida y lo ha encontrado en un estado impecable. Todos los daños deberán ser pagados inmediatamente al arrendador.
- Está estrictamente prohibido:
- Conduciendo arriba y abajo del bordillo.
- Colisionar con los vehículos; entre sí, con terceros o con cualquier otra propiedad pública o privada.
- Transportar más personas que el número de asientos previstos.
- Para montar en la playa, en el barro o en las dunas.
- Se cobrará una tasa de al menos 25 euros si se encuentra algo de lo anterior.
- En caso de abuso y/o mala conducta, la empresa de alquiler tiene el derecho de exigir la devolución inmediata del vehículo sin el reembolso del importe del alquiler.
- El arrendatario no podrá poner el vehículo a disposición de terceros en ningún caso.
- Los alquileres prepagados no son en ningún caso reembolsables, se consideran adquiridos por el arrendador.
- Sólo los tribunales de Brujas son competentes para resolver cualquier litigio.